¿Cuándo debo realizar la primera ITV de un vehículo importado?

La primera ITV de un vehículo importado debe realizarse en el plazo de 6 meses desde la fecha de matriculación en España. Es importante tener en cuenta que la fecha de matriculación es la que aparece en el permiso de circulación del vehículo.

Si el vehículo importado tiene menos de 4 años de antigüedad, la primera ITV se realizará en el plazo de 4 años desde la fecha de matriculación. Por ejemplo, si el vehículo fue matriculado en enero de 2020, la primera ITV deberá realizarse antes de enero de 2024.

Es importante destacar que la ITV es obligatoria para todos los vehículos que circulan por las vías públicas y su objetivo es garantizar que el vehículo cumple con los requisitos de seguridad y emisiones establecidos por la legislación vigente.

La ITV debe ser realizada en una estación de inspección autorizada por el organismo competente en cada comunidad autónoma. Durante la inspección, se revisarán diferentes aspectos del vehículo, como los frenos, los neumáticos, los sistemas de iluminación, la dirección, los sistemas de emisiones, entre otros.

En caso de no realizar la ITV en el plazo establecido, se pueden aplicar sanciones económicas y el vehículo puede ser retirado de la circulación hasta que se realice la inspección correspondiente.

Es importante recordar que la ITV debe realizarse de forma periódica, dependiendo de la antigüedad del vehículo. En general, los vehículos de menos de 10 años deben pasar la ITV cada 2 años, mientras que los vehículos de más de 10 años deben pasarla anualmente. Sin embargo, es recomendable consultar la normativa específica de cada comunidad autónoma, ya que pueden existir variaciones en los plazos y requisitos.